El martes 11/04/23 apareció publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Reglamento que, en lo sucesivo, pondrá orden a la industria exterior en la CDMX, (o al menos eso pretende).
Recordemos que la ley respectiva, conforme a la jurisprudencia del caso, se publicó el pasado 6 de junio de 2022, con lo que, ahora sí, la pinza está cerrada: existe una ley hay un reglamento y la autoridad tiene todo para actuar en consecuencia. Ambos documentos totalizan unas 70 páginas en las que se contemplan todas las posibles variables. Sobre todo las categorías, que van desde los espectaculares analógicos (¿?) hasta los muebles de valet parking. Para todas ellas hay definiciones, especificaciones y licencias… ¡sí, licencias! Que el concesionario debe ahora tener sobre todo por una razón principal: le conviene.
Le conviene para conformarse como una empresa con todas las de la ley y para crear, así, un patrimonio. Mención especial, para quien esto escribe, merece el mobiliario urbano “que ante todo debe cumplir con una función útil para la ciudadanía”. Y como ejemplo de ellos se citan a las cabinas telefónicas, a los muebles con WiFi gratuito y a aquellos que dan información geográfica y/o comercial sobre la zona en que se encuentran.
Desde cualquier punto de vista, este reglamento marca una evolución para lo que más adelante iremos hablando más de él.